martes, 1 de mayo de 2012

Inspección educativa

     La inspección educativa en nuestro país, está regulada en la LOE. Vela por el cumplimiento de leyes, derechos y deberes de todos los agentes que participan en el nivel educativo, para contribuir a la mejora, calidad y equidad del sistema educativo.
     Esta ley establece que los poderes públicos, de ámbito territorial, inspeccionarán y se responsabilizarán de  dicho sistema para garantizar el cumplimiento de las leyes.
     El artículo 27 de la Constitución Española, establece el derecho a la educación como carácter universal, por tanto, todos los ciudadanos tienen ese derecho y, la existencia de la inspección educativa es, precisamente, para garantizar este derecho a la educación.
     La funciones principales para desarrollar la inspección son controlar, supervisar, colaborar en la mejora, participar en la evaluación del sistema educativo, velar por el cumplimiento de las normas, asesorar, orientar e informar.
     Para esta supervisión escolar, no es necesario que los agentes estén vinculados al sistema educativo. Los inspectores serán confiados a funcionarios especializados.
     En muchos caso surgen dudas sobre lo que un profesor puede o no hacer. La libertad de cátedra es un arma de doble filo en toda regla.
     Amparándose en este término, en la práctica cotidiana podremos encontrarnos con situaciones extravagantes, como por ejemplo que se de que profesores de una misma materia y de un mismo curso pero de diferente línea, evaluén de distinta manera; o por ejemplo emitir opiniones o juicios de valor (como que se dé en algún colegio catalán o valenciano el nombre de su comunidad como País Catalá o País Valenciá); o impartir contenidos que no se recojen en el programa educativo; o posicionarse en culturas, religiones o creencias...
     Creo que en este campo pueden confundirse el sentido común  o ético del docente con la libertad de cátedra y, el camino seleccionado, influirá directamente en la formación de los alumnos que lo experimenten.
     Un profesor no debería aferrarse al poder de enseñar lo que le dé la gana. Las ideologías deben quedarse fuera de la escuela y no se debe mezclar los pensamientos del maestro con lo que debe enseñar el maestro.La libertad de cátedra puede extrapolarse a otros niveles como comportamientos, tratos, vestuario... Un profesor puede defender el lenguaje informal porque piense que es un vocabulario muy rico y actual y eso no significa que des las clases diciendo tacos o gesticulando como un "barriobajero", o que el aula se convierta en una dictadura porque su maestro es afín a este sentimiento político. 
     La libertad de enseñanza no puede cruzar la línea de los contenidos establecidos en una asignatura porque sí. Ahora bien, relacionar conocimientos o inquietudes que motivan a los alumnos o que están de actualidad, o introducir recursos interesantes que pueden servirles en un futuro para adquirir el máximo rendimiento y desarrollo personal sin romper el programa, es una libertad que todo docente debería tener presente todos los días.
     Es obvio que la libertad de cátedra o enseñanza va a ser siempre tema de debate y que a los que deben beneficiar y proteger verdaderamente es a los propios alumnos y a sus derechos, de ahí que sea tan importante una inspección educativa objetiva y, sinceramente, que mejor que una valoración externa para darnos cuenta de nuestros aciertos o fracasos en la práctica diaria. Realmente creo que los profesores tenemos una disponibilidad limitada de liberad de cátedra. 
    

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